Articulo publicado en EL CORREO DE ANDALUCÍA
Cine en Verano.
Ahora que el buen tiempo se convierte en noches donde apetece estar en la calle y dadas las facilidades para las proyecciones publicas, es posible realizar proyecciones al aire libre :un lector de DVD , un proyector que medio se vea y una pared o, si existen posibles, una pantalla profesional.
Son múltiples los ayuntamientos que realizan este tipo de actuaciones de ocio para los ciudadanos. En Málaga son 121 las previstas y en Sevilla se realizarán al menos 16 por el Distrito Sur. Y en el resto de Andalucía no podemos saber, aunque algunos profesionales de la exhibición apuntan que son entre de 1.000 a 2.000 la que se realizarán en este tiempo. Bienvenido sea que las municipios relacen este tipo de actividades.
Pero toda proyección tiene su reglamentación y no me refiero a la local de ocupación del espacio público, si no aquella especifica por las exhibición de cine por parte de los entes locales .
La ley del Cine dice: “…….las Administraciones Públicas que efectúen proyecciones cinematográficas gratuitas o con precio simbólico, no incluirán en su programación películas de una antigüedad inferior a 12 meses desde su estreno en salas de exhibición, salvo en los casos en que, desde las entidades representativas de los exhibidores cinematográficos y del sector videográfico, se comunique a dichas Administraciones que no existe un perjuicio en su actividad comercial.»Arte 15 apart.4
Este punto está claro: Con menos de un año se pide un informe a las asociaciones profesionales acreditadas en Andalucía : AEDAVA ( https://aedava.com/ ) o AECA previo a la proyección. Aunque esto solo resuelve una parte del problema.
Si la película que deseamos proyectar tiene menos de 70 años tenemos que pedir permiso al propietario o gestor de los derechos. Es fácil saber esto consultando la base de datos de películas calificadas del MECD: (http://www.mecd.gob.es/bbddpeliculas/cargarFiltro.do?layout=bbddpeliculas&cache=init&language=es ) para adquirir derechos de explotación. Que tienenn un coste variable dependiendo del número de las proyecciones que se vayan a realizar, necesidad o no de enviar el soporte de proyección, etc. Sin esta adquisición de derecho también es ilegal la proyección.
Existe otra fórmula para proyectar desde un copia en Blue Ray o DVD abonando una licencia especial para realizar una proyección pública .Se puede contactar con la entidad EGEDA (http://www.egeda.es/) o la empresa MPLC ( http://www.mplc.es/index ).
Cumpliendo estos requisitos nos queda aun el comunicar a la SGAE para convenir con ellos el pago de los derechos de autores correspondientes ( http://www.sgae.es/ )
Cumpliendo estas obligaciones podemos estar seguros que la proyección realizada es LEGAL y así evitar que ninguna entidad pública coopere con la PIRATERÍA . ¡Ahora a disfrutar!